Nosotros
El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cuya sigla es CGBVP, es una organización cívica nacional conformada por bomberos voluntarios que prestan servicio público de manera voluntaria y ad honorem. Está regulada por el DL Nº 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, por el presente Reglamento y demás normas internas.
El CGBVP desarrolla sus actividades institucionales a nivel nacional, a través de su estructura organizacional.
Objetivos
a) Promover, realizar y coordinar acciones de prevención de incendios y accidentes en general, que puedan poner en peligro la vida de las personas, el medio ambiente y la propiedad privada o pública.
b) Desarrollar acciones que permitan combatir, controlar y extinguir incendios, rescatar y salvar personas expuestas a peligro por incendios o accidentes en general, atendiendo las emergencias derivadas de los mismos y prestando atención y asistencia oportuna en la medida de sus posibilidades.
c) Participar en las acciones de primera respuesta en salvamento de las personas en caso de desastres de origen natural o antropogénico, bajo los lineamientos establecidos en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC).
Funciones
a) Ejecutar acciones de prevención de incendios, accidentes e incidentes con materiales peligrosos.
b) Coordinar con las entidades públicas o privadas a nivel nacional las acciones de prevención de incendios, accidentes e incidentes con materiales peligrosos.
c) Combatir, controlar y extinguir incendios, rescatar personas expuestas a peligro por incendios, siniestros, accidentes, e incidentes con materiales peligrosos y atender las emergencias derivadas de estos, en coordinación con los órganos u organismos competentes del Estado, según cada caso.
d) Atender, dirigir y controlar incidentes o emergencias ocasionados con materiales peligrosos que pongan en riesgo la vida humana, el medio ambiente y/o el patrimonio público o privado.
e) Atender emergencias médicas y atención prehospitalaria de conformidad con la normativa emitida por el Sector Salud.
f) Participar en las acciones de primera respuesta en desastres naturales o desastres antropogénicos, de conformidad con las normas y lineamientos del INAGERD.
g) Brindar asistencia técnica, capacitación y emitir opinión técnica a entidades públicas o privadas que lo soliciten, en materias relacionadas a sus funciones, en coordinación con la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP).
h) Proponer reglamentos, normas, lineamientos, procedimientos o directivas, sobre prevención, control y extinción de incendios e incidentes con materiales peligrosos, y emitir opinión respecto de los existentes de oficio o a requerimiento.
i) Acreditar a sus miembros ante el Centro Nacional de Estimación, Prevención Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) o la autoridad técnica competente para la emisión de licencias de funcionamiento, a fin de que colaboren con dicha entidad en la verificación del cumplimiento de las normas de seguridad, conforme a lo establecido en el primer párrafo del literal b) del numeral 7 del artículo 4 de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
j) Realizar estudios sobre las causas y desarrollo de los incendios atendidos para prevenir, capacitar y mejorar sus técnicas operacionales.
k) Usar de manera correcta y diligente los bienes, servicios, equipos, recursos y materiales otorgados para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con las disposiciones en el presente reglamento y demás normas, disposiciones y directivas que se dicten.
l) Otras que se establezcan por Ley.